El impacto de la precarización del salario en la seguridad social y el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) de 1997 en México.

The impact of the precarious salary on social security and the Retirement Savings System (SAR) of 1997 in Mexico.

Fuente: https://pixabay.com/es/illustrations/ancianos-jubilados-pensi%C3%B3n-dinero-1553348/

Área: Ciencias Sociales y Económicas

Dra. en Gerencia Pública y Política Social
Adriana del Carmen Enríquez Robledo
Facultad de Ciencias Políticas y Sociales
Universidad Autónoma de Coahuila, Unidad Torreón
Boulevard. Revolución 530 Luis Echeverría Álvarez
Sector Norte, Torreón Coahuila

Correspondencia para autor: adrianaenriquez@uadec.edu.mx

Coautor: MC René Udabe González
Facultad de Contaduría y Administración
Universidad Autónoma de Coahuila, Unidad Torreón
Calle Prolongación Javier Mina 150, Luis Echeverría Álvarez, Sector Norte, Torreón Coahuila

Correo electrónico: reneudabegonzalez@uadec.edu.mx

CienciAcierta No. 64 octubre – diciembre 2020
Artículo PDF

Resumen

En el presente trabajo se analiza el impacto del proceso de precarización del salario que ha sufrido el trabajador mexicano desde la década de los años setenta del siglo pasado, en el Sistema de Ahorro para el Retiro que se implementó en México durante la última década del mismo, así como su repercusión en la Seguridad Social que el Estado debe garantizar a toda su población, incluyendo a los adultos mayores. En esta investigación se analiza el contexto económico en que se realizó el cambio en el sistema de pensiones, pasando de un régimen de beneficio determinado a uno de contribución definida, donde cada persona será responsable de contribuir para su pensión, y como esto ha influido después de más de 20 años en el desolador panorama económico al que se enfrentan las personas que cotizan en este sistema

El envejecimiento demográfico es uno de los principales desafíos al que se enfrentan la mayoría de los países en el Siglo XXI, ante este panorama uno de los principales problemas será proporcionar seguridad social a la mayoría de los adultos mayores, para no condenarlos a pasar su vejez en la pobreza, sin poner en peligro las finanzas públicas. Es necesario un nuevo enfoque sistémico y proactivo en el diseño de las políticas públicas que implemente el gobierno para garantizar una sociedad para todos.

Palabras clave: Precarización, salario, pensiones, seguridad social, envejecimiento demográfico.

Summary

This paper analyzes the impact of the wage precarious process that the Mexican worker has suffered since the decade or the seventies of the last century in the Savings System for Retirement that was implemented in Mexico during the last Decade of it, as well as its impact on Social Security that the State must guarantee to its entire population, including the elderly. This research analyzes the economic context in which the change was made in the pension system, moving from a defined benefit to a defined contribution regime, where each person will be responsible for contributing to their pension, and as this has influenced later of more than 20 years in the bleak economic situation faced by people who are quoted in this system.

Demographic aging is one of the main challenges that most countries face in the 21st century. Given this scenario, one of the main problems will be to provide social security to the majority of the elderly, not to condemn them to pass their old age in poverty, without endangering public finances. A new systemic and proactive approach is necessary in the design of public policies implemented by the government to guarantee a society for all.

Keywords: Precarious, salary, pensions, social security, demographic aging.

Introducción

En este artículo se analiza la relación entre la precarización del salario y el régimen de pensiones de la Ley del Seguro Social de 1997, conocida también como Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), así como su impacto en la calidad de vida de las personas que se pensionaran bajo este sistema, para coadyuvar al  diseño e implementación de políticas públicas de seguridad social que garanticen una vida digna después del retiro, es decir al estar basado este nuevo régimen en las  aportaciones individuales de los trabajadores sobre su salario, (6.5% actualmente) tomando en cuenta la precarización y la pérdida de poder adquisitivo de este desde 1970,  además con más del 50% de la población ganando entre dos y tres salarios mínimos,  es difícil que las personas puedan ahorrar una cantidad suficiente que les garantice el disfrute de una vejez digna y les evite caer en la pobreza, ante este panorama es necesario que en este momento  todos los actores que intervienen en esta problemática  asuman una actitud proactiva, para evitar que el problema estalle y el costo social, político y financiero sea mucho mayor.

Cabe recalcar que aunque en México de acuerdo a Vásquez Colmenares (2013) existen más de 138 regímenes de pensiones en todos los órdenes y niveles de gobierno, el interés principal de este artículo está enfocado al impacto en la calidad de vida de las personas que cotizan dentro del régimen de seguridad social implementado con la Ley del Seguro Social de 1995, con la que se modificó el régimen de seguridad social de beneficio determinado, basado en la solidaridad intergeneracional pasando a uno de contribución definida, el cual se basa en cuentas individuales, donde cada persona contribuye únicamente a su pensión.

Además ante el proceso de envejecimiento demográfico que está ocurriendo en el país, y los cambios en la estructura familiar, en la cual el número de hijos se ha reducido notablemente,  recurrir a la solidaridad familiar para el sostenimiento de los adultos mayores dejara de ser una alternativa viable, esta problemática se ha convertido en uno de los principales desafíos del Estado para garantizar a todas las personas el goce de sus derechos sociales y evitar que  enfrenten la vejez en condiciones de pobreza.

Evolución del sistema de pensiones en México

De acuerdo a Días Limón (2000), dentro del marco legal los primeros antecedentes de la seguridad social en México, se dieron a nivel estatal a principios del siglo XX, con La Ley de Accidentes de Trabajo en el estado de México del 30 de abril de 1904, y la Ley sobre Accidentes de Trabajo del Estado de Nuevo León, promulgada el 9 de abril de 1906, en estos documentos se establecía por primera vez la obligación legal del patrón de proteger a los trabajadores.

En el mismo orden de ideas, menciona Díaz Limón (2000) que a principios del siglo pasado la creciente industrialización que se estaba ocurriendo en el país, con el consiguiente aumento del sector obrero hacía necesaria la creación de instituciones que tuvieran el objetivo de cuidar y mantener a los obreros en buenas condiciones, lo anterior unido al cambio que se dio en la orientación de la Constitución al pasar del enfoque liberal individualista de la Constitución de 1857 al enfoque de tipo social de la Constitución de 1917.

La orientación social de la Constitución de 1917, respecto a la seguridad social se reflejó en el artículo 123, en su fracción XIX, que posteriormente se modificó en 1929, en la cual se establecía: la importancia de crear el Seguro Social, el cual cubriría enfermedades, maternidad, riesgos de trabajo, invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte

Posteriormente en 1935, presidente Lázaro Cárdenas propuso en un proyecto de Ley del Seguro Social, enviada a los legisladores la creación de un Instituto de Seguros Sociales, lo interesante de este proyecto es que sería con aportaciones y administraciones tripartitas; gobierno, patrones y obreros, y que cubriría a todos los asalariados tanto industriales como agrícolas, sin embargo se consideró que era necesario hacer más estudios y este proyecto no fue aceptado.

Fue hasta 1942, a iniciativa del presidente Manuel Ávila Camacho que se elaboró y envió a las Cámaras del Congreso, un proyecto de Ley del Seguro Social, el cual fue aprobado y el 19 de enero de 1943 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación. Quedando así establecido el “derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo” (Díaz Limón, 2000:55).  Esta ley estaba basada en los principios de solidaridad, subsidiaridad, universalidad, integralidad e igualdad (Moreno Salazar, 2008).

Cuando se implementó en México, la ley de seguridad social se establecieron varios seguros que venían a cumplir los derechos sociales que se habían establecido en la Constitución de 1917, entre ellos el derecho a una vida digna después de la jubilación, estableciéndose un sistema de pensiones por reparto, es importante recalcar las condiciones demográficas de ese momento; en primer lugar la esperanza de vida de los mexicanos era de 40 años, en segundo lugar existía una alta tasa de natalidad, y en tercer lugar también era alta la tasa de mortalidad, por lo que las bases de ese sistema se consideraban sustentables. Todavía durante la década de los sesenta y setenta existían 10 trabajadores en activo por un pensionado, por otro lado la economía del país era favorable, el “Milagro Mexicano” se encontraba en auge.

Sin embargo a fines de la década de los setentas las condiciones comenzaron a cambiar, por un lado ante la explosión demográfica que ocurrió en  décadas anteriores el gobierno dio un cambio a su política poblacional pasando de una política pronatalista a una de control de población, buscando reducir el número de hijos por familia, así mismo las condiciones epidemiológicas mejoraron logrando reducir la tasa de mortalidad, por otro lado el modelo económico de desarrollo comenzó a presentar señales de debilitamiento debido a los malos manejos administrativos, y al aumento de la corrupción, por lo cual durante la década de los ochentas México  experimento graves problemas económicos que lo  llevaron a una fuerte crisis financiera, unido lo anterior a los cambios en el contexto económico internacional con el debilitamiento del Estado de bienestar y el surgimiento del modelo de desarrollo Neoliberal en los países desarrollados, y que luego fue impuesto a los países en vías de desarrollo por los organismos financieros internacionales, Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM) y al cual México se integró durante los años ochenta. Dentro de la lógica neoliberal se busco  impulsar la corresponsabilidad ciudadana dentro de la gestión pública, como una forma de ir reduciendo las funciones del Estado a las más básicas (Moreno, Salazar, 2008).

Para la década de los 90 se había logrado reducir la tasa de natalidad y de mortalidad en el país. El país había entrado a una transición demográfica, que implicaba un cambio en su pirámide poblacional, con una reducción en su base, y el ensanchamiento de su parte superior, existían 5 derechohabientes en activo por un pensionado, por otro lado el sistema de pensiones también comenzó a tener fallas, las bases sobre las cuales se había diseñado ya no eran las mismas, es decir de acuerdo al INEGI (2015) en 1930 la población de México era de 16,552,722 habitantes, la esperanza de vida eran 34 años y únicamente el 4 porciento tenía más de 60 años,  en 1990 la población total era de 81,249, 645, la esperanza de vida era de 70.84 años y   el 6.1% de la población tenía  60 años o más,  es decir se había diseñado para una población que en su mayoría se moría alrededor de los 40 o 50 años, se pensaba que sólo se le asignaría una pensión por un periodo de 10 años, ahora se le daría pensión por 25 años o más, por lo cual existía una gran presión para las finanzas públicas a largo plazo.

Por otro lado, las cuotas obrero-patronales las administraba el IMSS, quien las había usado para financiar el sistema de pensiones de sus trabajadores con muy altas prestaciones, y su gasto corriente que era excesivo, también había establecido centros recreativos y culturales, en lugar de haberlas invertido para que se capitalizaran. Con el cambio de modelo de desarrollo en México a partir de los años ochenta, de un modelo de Estado de Bienestar a uno de corte neoliberal, que reducía las funciones del estado, la seguridad social dejo de ser prioridad y se hicieron reformas estructurales que afectaron la economía de la población.

Ante el panorama anterior, en México, los sistemas de seguridad sufrieron una gran transformación en la década de los noventa, en el marco del nuevo modelo económico neoliberal, el proceso de cambio del sistema de pensiones y jubilaciones inicio en 1992, terminando su implementación en 1997, siguiendo el modelo chileno de pensiones (Solís Soberón, 2001)).

Algunas de las justificaciones para hacer este cambio fue que con el sistema anterior el valor de las pensiones de vejez y cesantía en edad avanzada por la inflación perdía poder adquisitivo y que el Estado no tenía la capacidad financiera para incrementarlas, ya que en el modelo basado en  la Ley de Seguridad Social de 1973, eran los trabajadores en activo quienes financiaban las jubilaciones y el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) el encargado de administrarlas, y pagarlas mensualmente. Así mismo menciona Solís Soberón (2001), que una de las causas principales del cambio de régimen de seguridad social fue la inviabilidad financiera del anterior régimen, pero también se sustentaba en la creencia de que el nuevo sistema fomentaría el ahorro nacional, lo cual ayudaría a la estabilidad macroeconómica, a través del financiamiento de actividades productivas, con el respectivo pago de rendimientos a los ahorradores así como la mayor formalización del empleo y en el impacto favorable en el desarrollo de los mercados financieros y el crecimiento económico.

Con el nuevo modelo ya no es el IMSS el encargado de administrarlas, sino que ahora se abren cuentas individuales a nombre de cada trabajador, y en ellas se depositan las aportaciones obrero patronales y estatales, existiendo la posibilidad de que el trabajador haga aportaciones voluntarias para incrementar su ahorro, esa cuenta ahora será manejada por una Administradora de Fondo de Ahorro para el Retiro (Afore), instituciones que fueron autorizadas por el gobierno, y que pueden ser bancos, grupos financieros,  o casas de bolsa, quienes se encargaran de invertir el dinero para hacer más rentable el monto que al final recibirán los ahorradores,  y a cambio cobraran una comisión por el manejo de la cuenta, dicha comisión es fijada por cada institución como puede verse en la Tabla 1 varían mucho en el porcentaje entre unas y otras, los recursos de las afores se invierten en instituciones llamadas SIEFORE, que significa Sociedad de Inversión de Fondos para el Retiro En el nuevo modelo, cuando el trabajador se retira después de haber cotizado mínimo 1250 semanas, se le entrega el dinero que tenía en su cuenta, y ya no tendrá ninguna entrada mensual.

Tabla 1. Comparativos de las Administradoras de Fondos para el Retiro Afore. Comisiones de las Siefores Básicas, diciembre 2018

Fuente: CONSAR, 2018

PRECARIZACIÓN DEL SALARIO

Durante el periodo del Milagro Mexicano el salario mínimo había cumplido con las especificaciones que impone el Artículo 123 constitucional, apartado A, fracción VI:

“Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas.”(ibid)

A partir de la crisis económica de 1970, el salario mínimo comenzó a perder poder adquisitivo, posteriormente dentro del enfoque neoliberal de la economía una de las estrategias para atraer la inversión extranjera fue la política de contención de salarios que consistió en aumentar el salario mínimo según el índice de inflación que dictara el Banco de México, que siempre quedaba por debajo de la inflación real

En relación a lo anterior el informe sobre desigualdades en México del Colegio de México, (2018) destaca que el ingreso laboral se mantuvo constante en el periodo 2000-2017, así mismo señala que tomando en cuenta las tasas de inflación de 2017 el salario real mediano se ubicaba en niveles de 2007, inclusive se menciona en el informe que el salario mediano en ese año era alrededor de los 6 mil pesos al mes, mientras para 2017 fue de 5 mil 200, había descendido un 13% de su valor real, este fenómeno también se refleja en el hecho de que el índice de desigualdad en México sea cada vez mayor, el coeficiente de Gini fue de 45,4 en 2018 (Banco Mundial, 2018).

Además el valor de la canasta básica de alimentos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social (CONEVAL) ha aumentado un 9.4%, desde 2008, cifra muy por arriba de la inflación general del 6% de ese periodo. En relación a lo anterior, menciona Aguirre Botello (2018) que en la década de los años ochenta con la entrada de México a la globalización se dio un cambio en el modelo de desarrollo, pasando de un modelo de Estado Benefactor a un modelo de económico de corte Neoliberal, el cual exigía un cambio radical en las funciones que tenía el estado Mexicano, debía quedarse con las mínimas, la idea era que el mercado era el mejor asignador de recursos. Es decir se redujo la participación del Estado en la protección de la población, haciendo que esta responsabilidad recayera en cada persona.

En relación con lo anterior, Palacios (2007) señala que la precarización del empleo y el salario en México ha sido permanente desde 1976, ya que dentro de las diversas estrategias de política económica neoliberal, que ha implementado el gobierno nacional, se encuentra; la reducción del salario directo, que se ha ido rezagando en relación con el aumento de la inflación; la pérdida o disminución de prestaciones y la continua contracción del salario social. Por otro lado menciona que las empresas han utilizado estrategias como topes salariales, flexibilización del trabajo con el aumento e intensificación de la jornada laboral, el outsoursing, la contratación de personal sin prestaciones ni protección social como una forma de compensar su falta de productividad y la reducción en su tasa de ganancias. Esta serie de medidas han provocado la pérdida del valor económico, social y moral del trabajo, lo cual tuvo como consecuencia la generalización de la pobreza laboral de los trabajadores,  el deterioro de su calidad de vida y la descomposición del contexto social. Además, en su informe Panorama Social de América Latina 2016, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL, 2016) expone que en el periodo 2013-2015, en México se dio un gran aumento en la intensidad de la pobreza no solo alimentaria, sino patrimonial, debido principalmente al decremento del poder adquisitivo del ingreso laboral

Otra consecuencia de la política de contención de salarios es su impacto en el sistema de pensiones, que aunque todavía no es un problema grave al ser México aun considerado un país de jóvenes, es una problemática que en el mediano plazo será un gran dolor de cabeza para las finanzas públicas nacionales si no se toman medidas ahora. Es decir la estrategia de contención de salarios no solo ha tenido consecuencias en la vida presente de las personas, sino que compromete gravemente su futuro, ya que otra de las graves consecuencias que trajo el cambio de modelo económico de desarrollo fue el cambio de régimen de pensiones, pasando de un régimen basado en la solidaridad intergeneracional, en el que los principios de solidaridad distributiva y de salario social diferido fueron remplazados por uno de cuentas individuales de contribución definida. En el cual las personas aportan un porcentaje de su salario, y al ser este tan precario es mínimo lo que se ahorra para el retiro, con este sistema es responsabilidad de cada persona su futuro, ya que dentro de la lógica neoliberal la seguridad social no  es responsabilidad del Estado.

En el sistema de cuentas individuales de contribución definida, cada persona es responsable de aportar para su pensión, ya sea mediante un porcentaje que se le descuenta de su salario o a través de aportaciones voluntarias, además de haber aumentado a más del doble las semanas de cotización necesarias para poder jubilarse, pasando de 500 en el régimen anterior a 1250 en el nuevo, sin embargo al ser tan pequeño su salario, que no alcanza ni para cubrir la canasta básica, el porcentaje que se destina a la cotización es muy reducido y mucho menos le alcanza para dar aportaciones voluntarias, por lo cual al momento de su jubilación la pensión que recibirá sólo representa entre el 28 y el 30% de su último salario, lo anterior va contra la norma 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OTI, 1952), que establece que lo mínimo en que debe fijarse la tasa de reemplazo es del 60% del último salario recibido.

En este contexto, a más de 20 años de haberse puesto en marcha el sistema de pensiones por cuentas individuales, podemos ver que desde su planeación y posterior implementación no se tomó en cuenta realmente el contexto económico del país, y se basó en premisas irreales, es decir para 1992 cuando se empezó a hablar del cambio de sistema de seguridad social, el salario mínimo había perdido el 58.81% de su valor en relación a 1970, estaba ya por debajo del precio de la canasta básica, para cuando se implementó el nuevo régimen en 1997 el salario mínimo había perdido el 68.52% de su poder adquisitivo en relación a 1970 (Aguirre Botello, 2018).

Así mismo, cabe señalar que para diciembre de 1994, la situación económica era insostenible, el 20 de diciembre de ese año el gobierno tuvo que devaluar el peso en un 15%, por lo cual muchos productos e insumos de origen estadounidense subieron de precio, y la deuda externa se incrementó desproporcionadamente, para 1995 la economía se había contraído en 6.2%, y se perdió el 20% del poder adquisitivo de la población, se dispararon los precios de los servicios y productos lo cual provoco un mayor empobrecimiento.

Por otro lado, ante la situación económica, una gran cantidad  de personas se quedaron sin trabajo, pues muchas empresas se vieron obligadas a cerrar por quiebra, y otras tuvieron que recortar sus gastos despidiendo personal. El sistema bancario entro en crisis, y aumentaron sus tasas de interés, lo que trajo como consecuencia que las deudas bancarias de empresas, profesionales, pequeños productores agrícolas y personas físicas usuarias de tarjetas de crédito se volvieran impagables. Así mismo  hubo un gran recorte al gasto público que redujo los programas asistenciales, por lo que la pobreza en el país se agudizo.

Para 1997, cuando se implementó el sistema de seguridad social por cuentas individuales, México estaba sufriendo aun las consecuencias de la crisis financiera de diciembre de 1994, la canasta alimentaria o la línea de bienestar mínimoera de 418.69,mientras que la línea de bienestar era de 957.14 pesos y el salario mínimo era de $ 804.080, es importante señalar que desde 1992 año en que se comenzó a medir el valor del salario mínimo, éste se ha permanecido por debajo de la línea de bienestar mínimo.

En este escenario, de pérdida de trabajos formales y una disminución de valor adquisitivo del salario mínimo por debajo de la línea de bienestar mínimo, con un gran porcentaje de la población ganando entre uno y dos salarios mínimos, pensar que la aportación de las personas a la seguridad social sería suficiente para asegurar una pensión digna y además que estas estarían en capacidad económica de hacer aportaciones voluntarias a su afore, era ya realmente inviable. Otro factor a tomar en cuenta, es que  una parte de los recursos de los afores se han invertido en la bolsa de valores, y han estado sujetos a las variaciones del mercado financiero, presentándose en varios periodos minusvalías.

Aun hoy en 2019, sigue siendo inviable ya que de acuerdo a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS, 2019), como puede verse en la Tabla 2 el ingreso promedio de la población es de $ 6,307.00 pesos mensuales, es decir dos salarios mínimos, ya con el salario mínimo general que ha quedado en $ 3,121.47 en 2019, mientras que de acuerdo al CONEVAL  (2019) el costo de la canasta básica alimentaria tiene un costo de $ 6,246 pesos y la canasta básica no alimentaria tiene un costo de $ 6,165.71, es decir aun cuando el trabajador gastara todo su ingreso en alimentación no  completaría. Con el 50% de la población ganando entre uno y dos salarios (Tabla 3) y que no completa para la alimentación, es mínimo lo que cotiza para su afore, y mucho menos puede hacer aportaciones voluntarias, aun cuando en enero de 2019, el salario mínimo  ha recibido una de los aumentos más importantes de los últimos años, ya que se incremento en $ 14.32 pesos, lo cual equivale a un 16.21% del salario mínimo del año anterior.

Tabla 2. Ingreso promedio de la población ocupada
Primer  trimestre de 2019

Fuente. STPS, 2019

Señala la Comisión Nacional de Ahorro para el Retiro (CONSAR, 2018) que desde su implementación el SAR a través de las SIFORES han proporcionado un rendimiento de 10.93% nominalmente o de 5.03% una vez descontada la inflación, tasa que señala es más alta que cualquier otro instrumento de inversión en México. Poniendo como ejemplo que un trabajador que cotice  en el SAR desde 1997, ganado 5 salarios mínimos (SM), habrá ahorrado para diciembre de 2018 $ 301,133 de los cuales el 52% corresponde a aportaciones, y el 48% (143,059) a rendimientos con lo cual señala que si han tenido ganancias, por lo cual es una buena opción para ahorrar a mediano y largo plazo. Sin embargo de acuerdo a la STPS (2019), como puede verse en la Tabla dos el salario promedio de los trabajadores es de $ 6,307 pesos en 2019, es decir entre dos y tres SM, de acuerdo a la Tabla 3 para junio de 2018, el 80% de la población ocupada ganaba entre dos y tres salarios mínimos (88.36 pesos diarios.) solo el 14.7 ganaba entre 3 y 5 salarios mínimos, y únicamente un 5% ganaba más de cinco salarios mínimos. Es decir únicamente un 19.7% de la población ocupada tendrá acceso a ese monto de ahorro..

Tabla  3 Ingresos de la población en salarios mínimos.
Primer trimestre de 2019

Fuente: INEGI, Encuesta Nacional de ocupación y empleo, primer trimestre de 2019

Ley del seguro social 1995 o régimen de cuentas individuales.

La Ley del Seguro Social (Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, 1995) que actualmente rige en México se promulgo el 21 de diciembre de 1995, la cual en el artículo 11 establece los siguientes seguros:

  1. Riesgos de trabajo
  2. Enfermedades y maternidad
  3. Invalidez y vida
  4. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez
  5. Guarderías y prestaciones sociales.

Respecto a las pensiones, establece en el artículo 162 que para tener derecho a las prestaciones del seguro de vejez, el asegurado debe tener 65 años de edad, y haber cotizado a su afore 1250 semanas, en esta ley se estableció en el articulo 168 la contribución tripartita en las aportaciones y cuotas del trabajador, empleador y estado, que serian administradas por administradoras de fondos para el retiro, y que se entregarían a los trabajadores junto con los intereses al momento de su jubilación o a sus beneficiaros en caso de muerte. Mientras los fondos del seguro de invalidez y vida seguirían siendo administrados por el IMSS, los fondos del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez serían entregados a las administradoras de fondos para el retiro (Afores), las cuales a su vez las entregarían a las SIFORES para que las invirtieran, cobrando una comisión.

Este régimen de pensiones, también es llamado de régimen de contribución definida, ya que legalmente se establece los porcentajes con los que los trabajadores deben aportar a su cuenta individual, sin establecerse cuanto recibirá de pensión al momento de jubilarse, ya que con lo ahorrado tendrá que comprar una renta vitalicia hasta que muera, dicha mensualidad estará determinada por el monto de lo ahorrado, y las condiciones económicas del mercado en ese momento.

El establecer políticas públicas a este respecto es realmente muy importante, ya que de acuerdo a las proyecciones de la Oorganización Económica para el Comercio y el Desarrollo (OCDE, 2015), la expectativa de vida de la población de sus países miembros, después de los 65 años aumentará de 17.4 a 21.9 años para los hombres y de 20.8 a los 25.8 años para las mujeres para el año 2060. Señala Kuhn (2018)  que el aumento de los años de vida después de la jubilación provocará una fuerte presión sobre los sistemas de seguridad social, lo que tendrá como consecuencia la reforma del sistema de pensiones, ante el aumento del número de pensionados y el tiempo que se les deberá cubrir una pensión, por lo que la reforma deberá aumentar la edad legal de jubilación

CONCLUSIONES.

El envejecimiento demográfico es un proceso inevitable que está ocurriendo en todo el mundo, el porcentaje de población perteneciente al rango de la tercera edad aumentará constantemente, es necesario que los gobiernos tengan un enfoque sistémico y proactivo al momento de diseñar las políticas públicas orientadas a este grupo etario, considerando que son sujetos de derechos y no desde un enfoque asistencialista.

En el caso del Sistema de Ahorro para el Retiro es necesario buscar alternativas para hacerlo realmente sustentable, ya que los que han obtenido las ganancias de este sistemas son los SIFORES, ya que cobran comisión sobre el saldo y sobre los rendimientos, es verdaderamente importante buscar alternativas viables para lograr que la población que ha pasado más de 25 años trabajando al jubilarse no tenga que enfrentarse a una vida de pobreza. Mientras que más del 50% de la población gane entre uno y dos salarios mínimos, y este sea tan raquítico será imposible que se pueda dar una contribución que garantice una pensión digna. Es de vital importancia que el gobierno implemente una política económica que contenga políticas públicas que logren que los salarios recuperen poder adquisitivo, a través de la garantía de los derechos de los trabajadores y no sólo privilegiando las ganancias de los dueños de las empresas.

Además la propuesta de aumentar la edad necesaria para jubilarse mientras se sigan manteniendo sueldos tan bajos, no será ninguna solución a esta problemática, ya que el problema no es el tiempo de cotización, sino las malas condiciones salariales de la mayor parte de la población mexicana.

Referencias bibliográficas

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